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Para llevar mascotas al Perú, los trámites deben ser hechos en parte en Japón (para embarcar al animal) y en parte en el Perú (para desembarcarlo).

1) PARA LLEVAR PERROS Y GATOS:

EN JAPON, ANTES DE EMBARCAR AL ANIMAL: Obtener el Certificado Zoosanitario de Exportación Original (Export Quarantine Certificate), emitido por la Autoridad de Sanidad Animal japonesa, que es el Quarentine Animal Service. Dicho documento certifica el buen estado de salud del animal, su desparasitación externa e interna y las vacunas vigentes, incluyendo la vacuna contra la rabia en animales mayores de 3 meses (excepto cuando provenga de países reconocidos como libres de rabia, lo que deberá constar en el certificado).

Para más información sobre los requisitos para exportar/embarcar perros y gatos desde Japón, visite el siguiente website: http://www.maff.go.jp/aqs/english/animal/dog/index.html. Para ver los datos de contacto de la Autoridad de Sanidad Animal de japonesa, el Quarentine Animal Service, haga click aquí.

El Export Quarentine Certificate es el único documento que se tramita en Japón, debiendo ser legalizado por el Gaimusho y por un Consulado peruano en Japón.

EN PERU, AL LLEGAR EL ANIMAL: Además del documento anterior, presentar la boleta de pago al SENASA por derechos de inspección y certificación.  El animal será sometido a una inspección documentaria y física por parte del Inspector de Cuarentena Animal (ICA) en el punto de ingreso al país. De estar todo conforme el ICA procederá a emitir el Certificado Zoosanitario de Internamiento al país.

2) PARA LLEVAR AL PERU OTROS ANIMALES DE COMPAÑÍA, COMO AVES, CONEJOS, HURONES, ETC.

EN JAPON, ANTES DE EMBARCAR AL ANIMAL: Obtener:

·         Permiso Zoosanitario de Importación – PZI, que debe ser solicitado al SENASA antes de tramitar ante las autoridades japonesas el Certificado Zoosanitario de Exportación (porque el PZI dice que es lo que debe contener el Certificado Zoosanitario de Exportación). El PZI se puede obtener por internet, aquí.
·         Certificado Zoosanitario de Exportación (Export Quarantine Certificate), emitido por Autoridad de Sanidad Animal japonesa (*) en el que conste el cumplimiento de los requisitos zoosanitarios de importación estipulados en el PZI. Este es el único documento que se tramita en Japón, debiendo ser legalizado por el Gaimusho y por un Consulado peruano en Japón.
·         Coordinar con SENASA Lima-Callao (Tel: 313-3306) con antelación a la llegada del animal al Perú, el lugar donde pasará el periodo de cuarentena.

EN PERU, AL LLEGAR EL ANIMAL: Además de los documentos anteriores, presentar la boleta de pago al SENASA por derechos de inspección, certificación, cuarentena y otros. El animal será sometido a una inspección documentaria y física por parte del Inspector de Cuarentena Animal - ICA, y de estar todo conforme, se procederá a emitir el Acta de Inicio de Cuarentena, que deberá realizarse en un lugar autorizado por SENASA.

(*) Nota: En Japón la Autoridad de Sanidad Animal es el Servicio de Cuarentena Animal (Quarentine Animal Service) del Ministerio de Agricultura, Bosques y Pesca de Japón.